Fines Generales
Carácter
La Fundación Fomento Centros de Enseñanza tiene fines de carácter educativo, cultural y de asistencia social.
Ámbito
El ámbito territorial en que se desarrollan sus actividades se extiende a todo el territorio nacional.
ObjEtivos
La Fundación tiene como objeto la promoción de centros de enseñanza y de actividades docentes, de investigación, culturales, deportivas.
Fines Particulares
- La obtención y prestación de ayudas de todo tipo para la promoción, gestión y explotación de forma directa o indirecta de centros de enseñanza, culturales y deportivos.
- La obtención y prestación de ayudas de todas clases a la promoción de actividades relacionadas con la docencia y la cultura en la más amplia expresión ya sean centros académicos, universidades, colegios mayores o menores, ateneos y clubes.
- Organizar congresos, exposiciones, conferencias, cursos, convivencias, seminarios, simposios, mesas redondas, concursos, etc., en orden a la divulgación e intercambio de ideas, sistemas de conocimientos científicos, artísticos y culturales, deportivos y sociales para el mejor cumplimiento de los fines de la Fundación.
- Crear y editar publicaciones, así como bibliotecas fijas o circulantes en orden a los fines fundacionales.
- Crear y conceder becas y ayudas para toda clase de personas que carezcan de los medios necesarios para realizar estudios o trabajos relacionados con algunos de los fines de la Fundación.
- Participar en el desarrollo de las actividades de otras entidades coincidentes o complementarias con las de la Fundación y prestar ayudas a toda clase de actividades culturales, sociales, económicas, deportivas o empresariales que merezcan un tratamiento especial dentro de los fines fundamentales.
- Y en general, prestar ayudas a llevar a cabo actividades relacionadas, directa o indirectamente, con los fines reseñados.
BENEFICIARIOS
La Fundación podrá proyectar su actuación a cualquiera de los fines docentes y culturales expresados, sin tener que atender a todos, seleccionando los que interesen dentro de los fines de la Fundación y podrá hacerlo directamente o facilitando medios económicos, prestando, subvencionando o aportando capital a instituciones que los realicen.
La Fundación deja al juicio exclusivo del Patronato el otorgamiento de los beneficios a las personas o entidades que considere merecedoras de ellos con criterios de imparcialidad y no discriminación, de entre las que formen parte del sector de población atendido por la Fundación, que lo soliciten previamente y que carezcan de medios adecuados para su obtención.